Resumen del Artículo cuarenta y tres

Artículo cuarenta y tres del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid (EAMad) — Los actos o reglamentos emanados de los órganos ejecutivos o administrativos de la Comunidad de Madrid, así como el control de la Legalidad de la actuación administrativa y el sometimiento de esta a los fines que la justifican, serán, en todo caso controlados por la jurisdicción…

EAMadVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo cuarenta y tres

Los actos o reglamentos emanados de los órganos ejecutivos o administrativos de la Comunidad de Madrid, así como el control de la Legalidad de la actuación administrativa y el sometimiento de esta a los fines que la justifican, serán, en todo caso controlados por la jurisdicción contencioso-administrativa.

Norma publicada: 25 de febrero de 1983

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo cuarenta y tres

¿Qué dice el Artículo cuarenta y tres del EAMad?

Los actos o reglamentos emanados de los órganos ejecutivos o administrativos de la Comunidad de Madrid, así como el control de la Legalidad de la actuación administrativa y el sometimiento de esta a…

¿El Artículo cuarenta y tres del EAMad está vigente?

El artículo cuarenta y tres del EAMad está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo cuarenta y tres dentro del EAMad?

Se encuentra en la estructura: CAPITULO III.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo cuarenta y tres?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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